En reconocimiento por su servicio militar obligatorio en la campaña Ifni-Sáhara
El Gobierno avanza para cumplir, trece años después, una disposición final de la Ley de Carrera Militar de 2007 que contempla conceder ayudas para reconocer “la entrega y sacrificio de los que, cumpliendo el servicio militar obligatorio, estuvieron integrados en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara y participaron en la campaña de los años 1957 a 1959”.
Según el texto consultado del proyecto de real decreto del Ministerio de Defensa “por el que se regula la concesión directa de ayudas a participantes en la Campaña Militar de 1957-1959 en el Territorio de Ifni-Sahara y se aprueba la convocatoria de dichas ayudas”.
El documento ha estado en fechas recientes en trámite de audiencia e información pública, que tiene por objeto “recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades”
«Los soldados o sus familias tendrán que acreditar su participación en la campaña con la hoja de servicios o la cartilla militar. El ministerio lleva años elaborando un listado de beneficiarios de las ayudas»
Aqui puedes descargarte la relación de personal de tropa que participó en la Guerra de Ifni-Sáhara.
Ahora Defensa tiene que analizar las propuestas e ideas que le hayan enviado, decidir si modifica el texto en base a esas aportaciones, y finalmente lo remitirá al Consejo de Ministros para que sea aprobado.
El borrador del decreto establece que “serán beneficiarios de las ayudas reguladas por este real decreto las personas que, cumpliendo el servicio militar obligatorio, estuvieron integradas en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara y participaron en la campaña de los años 1957 a 1959”.
Eso sí, tienen que cumplir los requisitos que se establecen en el decreto, y no pueden estar incursos en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los términos previstos en los artículos 18 a 21, ambos inclusive, del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
No sólo podrán recibir ayudas los reclutas de la Guerra de Ifni que sigan vivos. Hay que tener en cuenta que el conflicto terminó hace 61 años, los reclutas que participaron en la campaña militar rondarán o superarán los 80 años, por lo que habrá algunos que hayan fallecido ya.
1.000 euros a cada recluta
El decreto pendiente de aprobación fija también la cuantía de la ayuda a percibir por cada uno de los beneficiarios: 1.000 euros por recluta de la Guerra de Ifni. Si el beneficiario hubiera fallecido, “en el caso de existir varios causahabientes la cuantía de la ayuda se repartirá según lo establecido en las últimas voluntades del causante o en la normativa aplicable en cada caso”.
Este reconocimiento económico no se someterá a convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, sino que serán ayudas de concesión directa y singular. Se concederán “por una sola vez y de manera directa, previa solicitud, valorando el interés social y humanitario por los esfuerzos y sacrificios del personal indicado”.
Un máximo de 367.210 euros este año
En principio, Defensa parece dispuesta a empezar a abonar estas ayudas antes de que acabe el año, porque el decreto señala que “el pago individualizado a los beneficiarios se realizará con cargo a los créditos previstos al efecto en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2020 y para los ejercicios presupuestarios sucesivos hasta que el último de los beneficiarios haya recibido la ayuda que le fue concedida”.
Incluso se fija una cantidad máxima del dinero que se podrá utilizar este año en pagar las ayudas: 367.210 euros.
Para el año 2020, el crédito presupuestario al que se imputarán las ayudas será al “Fondo de reconocimiento de servicios prestados en el territorio de Ifni-Sahara”(aplicación presupuestaria 14.01.121M2.481), siendo, de ser necesario el pago en ejercicios posteriores, el que se contemple en los respectivos Presupuestos Generales del Estado”, se indica también acerca de dónde saldrá el dinero para gratificar con 1.000 euros a los reclutas de la Guerra de Ifni.
Cuatro meses para solicitarlo
Defensa ha decidido también fijar un plazo corto para pedir estas ayudas: “Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de este real decreto. Una vez finalizado este plazo no se admitirá ninguna solicitud más y el listado de solicitantes será definitivo”.
Quienes participaron en la Guerra de Ifni de 1957-1959 tendrán que acompañar su solicitud ante la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa con una serie de documentos que acrediten la integración del solicitante en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara y su participación en la campaña de los años 1957 a 1959.
Para demostrar su participación en ese conflicto, Defensa admitirá “la hoja de servicios, la cartilla militar o documento oficial de igual carácter probatorio”.
(Nota VetPac: en caso de pérdida de documentación quizás pueda ayudarte este enlace para solicitar expediente militar)
Los herederos podrán solicitar la ayuda
Como se ha indicado antes, los herederos de los reclutas de la campaña de Ifni que ya hayan fallecido pueden también pedir estas ayudas. En este caso deberán presentar copia del DNI del fallecido; certificado de defunción; en caso de herencia intestada, el auto de declaración judicial de herederos abintestato o acta de notoriedad; en caso de herencia testada, Registro de Actos de última voluntad y copia autorizada del último testamento; y en su caso, copia de la escritura de partición y adjudicación de herencia.
Un listado en elaboración desde 2007
Como se ha indicado, este decreto viene a desarrollar y a aplicar la Disposición final novena (“Reconocimiento de servicios prestados en el territorio de Ifni-Sahara”) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar:
“1. Las Cortes Generales reconocen la entrega y sacrificio de los que, cumpliendo el servicio militar obligatorio, estuvieron integrados en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara y participaron en la campaña de los años 1957 a 1959”.
“2. El Ministerio de Defensa desarrollará programas de apoyo que permitan reconocer la labor llevada a cabo por quienes participaron en las citadas campañas, contribuirá a las actividades de las Asociaciones que los agrupan y elaborará un listado de participantes en la contienda para estudiar posteriormente ayudas nominales”.
En el proyecto de real decreto se explica que desde la entrada en vigor de esta ley “se ha ido elaborando un listado provisional de participantes en la contienda, a instancias de los interesados”.
Pero ahora “resulta necesario aprobar un listado definitivo y proceder a la concesión directa de las ayudas correspondientes”. A los ya inscritos en el listado se les reconoce el derecho a participar en la convocatoria sin necesidad de presentar la documentación ya aportada.
En el preámbulo del decreto se subraya que “estas ayudas tienen un interés humanitario y social debido a los esfuerzos y sacrificios que estas personas realizaron durante la campaña contemplada en la citada Disposición final novena de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y, aunque muchos años después, suponen un deber de gratitud para con ellas y con sus familiares”.
Marruecos contra España y Francia
La Guerra de Ifni comenzó en 1957 cuando fuerzas marroquíes comenzaron a hostigar el territorio de Ifni, bajo administración española. Los ataques y conquistas de pueblos se extendieron al Protectorado Sur y al Sáhara Español.
Tras varios meses de ataques de fuerzas marroquíes y del denominado Ejército de Liberación Saharaui, España y también Francia repelieron la invasión. La campaña acabó en 1958, con la firma de un acuerdo por el que España entregó algunos territorios a Marruecos.
Retraso por un error en la norma
El Ministerio de Defensa estaba preparando una orden ministerial para aprobar la concesión de ayudas a los españoles que, mientras hacían la mili, fueron enviados a combatir a este conflicto en las posesiones del noroeste de África.
Sin embargo, el proceso se ha retrasado más de un año y medio porque el Ministerio de Política Territorial y Función Pública avisó a Defensa que la concesión de estas ayudas no debían estar sometida al criterio de concurrencia competitiva, sino que deberían plantearse como ayudas directas.
Ese tipo de ayudas no se podían aprobar por orden ministerial, como planteaba Defensa, sino mediante un real decreto. Así que hubo que reiniciar el proceso, que ha conducido a este proyecto de real decreto que tendrá que ser aprobado en Consejo de Ministros.
Fuentes:Sidi-Ifni.com y El Confidencial digital
Fotos Google
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